Las empresas disponen de un crédito de carácter anual para la formación de sus trabajadores, que pueden hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social, una vez realizada una actividad formativa (Real Decreto 395/2007 de 23 de marzo y Orden TAS/2307/2007 de 27 de julio). La Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (FTFE) es el órgano responsable de la gestión y control de estas ayudas.
Pueden ser beneficiarias de estas bonificaciones todas las empresas que tengan centros de trabajo en el territorio estatal, cualquiera que sea su tamaño y ubicación, desarrollen formación para sus trabajadores y coticen por Formación Profesional a la Seguridad Social.
Este modelo de financiación permite a las empresas conocer, al comienzo de cada ejercicio el crédito de que disponen para la formación de sus trabajadores, potenciando la planificación y la integración de la formación en el devenir cotidiano de la empresa. Cada empresa, con independencia del tamaño, actividad o ubicación, puede libremente elegir la formación que considere necesario realizar, seleccionar el contenido de la misma y determinar el lugar y la fecha de su impartición.
El Área de Formación de AIJU puede ayudarle a llevar a cabo la formación que necesite en su empresa y además, puede coordinar y realizar los trámites necesarios para poder cumplir con los requisitos exigidos para que las empresas puedan aplicarse este tipo de bonificaciones. Para ello la empresa debe haber firmado un convenio de adhesión con AIJU.
El departamento de Formación de AIJU pone a disposición de las empresas asociadas su experiencia, sus instalaciones y un personal altamente cualificado para contribuir a la mejor formación de los profesionales del sector juguete-infancia-ocio e industria auxiliar –plástico, moldes, etc.-. Dispone de:
1. Amplia experiencia en gestión de la formación y gestión de bonificaciones.
2. Un equipo docente interno de más de 40 profesores altamente cualificados en diferentes disciplinas.
3. Una cartera de docentes externos de muy alto nivel para cubrir las necesidades formativas de las empresas y dar respuesta a los requerimientos más exigentes e innovadores.
4. Una amplia cartera de cursos on-line, presenciales o mixtos.
5. Total capacidad para diseñar cursos a medida según los requerimientos de cada empresa.
6. Capacidad para impartir formación a empresas ubicadas en diferentes comunidades autónomas.
Tras varios años de experiencia en gestión de bonificaciones, AIJU ya ha firmado convenio para la gestión de bonificaciones con más de 80 empresas y realiza anualmente más de 100 tramitaciones de acciones formativas a FTFE.
Entre las funciones de AIJU en este ámbito cabe citar:
• Informar a la empresa del crédito de Formación Profesional de que dispone.
• Comunicar a la FTFE el inicio de cada curso.
• Asesorar a la empresa y generar el soporte documental necesario para poder bonificar la acción formativa.
• Emitir los certificados de asistencia al curso (siempre que el curso esté organizado por AIJU).
• Realizar asesoramiento técnico a las empresas para contribuir a cumplir con los requerimientos exigidos y superar con éxito las posibles inspecciones de la FTFE.
• Comunicar la finalización de las acciones formativas a la FTFE y asesorar para tramitar.
• Diseñar planes formativos y buscar soluciones rápidas y eficaces a las necesidades de cada empresa.
Algunas consideraciones importantes sobre la Formación Bonificada:
1. Las acciones formativas para poder ser bonificadas han de tener una duración mínima de 6 horas.
2. La formación bonificada puede ser a medida para una sola empresa o compartida por varias empresas.
3. Las modalidades formativas podrán ser presenciales, a distancia, on-line y mixta.
4. El crédito de cada empresa tiene una validez anual. Si no se gasta en el ejercicio correspondiente, se pierde.
5. Un curso bonificado puede resultar gratuito. El coste máximo bonificable para cada uno es diferente. Para calcularlo hay que tener en cuenta, además de otros aspectos, el número de horas de la acción formativa, el número de alumnos y el tipo de formación a impartir.
6. La formación bonificada debe ser totalmente gratuita para el trabajador.
7. La deducción o bonificación por formación podrá realizarse tan solo de los trabajadores (alumnos) que cotizan en el régimen general, y que por tanto cotizan en el concepto de cuota de formación profesional. No es posible deducirse el coste de los alumnos que sean autónomos.
El Departamento de Formación de AIJU está a disposición de sus empresas asociadas para ayudarles a diseñar y gestionar sus acciones formativas aprovechando al máximo este tipo de bonificaciones. El dinero de las bonificaciones es dinero que su empresa pagó a la Seguridad Social a lo largo del año anterior. Es su dinero. No lo deje perder y aprovéchelo para mejorar la formación y capacidades de su equipo.
Preparamos su formación a medida
Gestionamos sus bonificaciones
Comuníquenos sus necesidades formativas
Más info: Maite Romero
http://formacion.aiju.es