El pasado 1 de enero se hizo efectiva la salida del Reino Unido de la Unión Europea finalizando el periodo de transición establecido por ambas partes. Por este motivo, los juguetes que se comercialicen en Reino Unido deben cumplir con la SI 2011 No 1881 y con la enmienda S.I. 2019-696. A continuación, se incluye un resumen con los plazos establecidos en cuanto las exigencias que deberán cumplir.
Más info: Gema Pozo – fisicosjuguete@aiju.es